jueves, 14 de junio de 2012

LA RENUNCIA A LA ESCALA COMPARATIVA.



El centrarse excesivamente en un determinado contexto geográfico y espacial, renunciando a enmarcarlo de forma comparativa con respecto a lo que sucedía en otros ámbitos hacia las mismas fechas, tiene sus riesgos. El peligro es mayor si la época a la que nos estamos refiriendo es, además, la Edad Moderna, momento en que las instituciones representativas de las comunidades políticas (las diferentes asambleas o parlamentos territoriales de que constaban los reinos europeos y las diputaciones o representaciones permanentes de ellas cuando existían) a duras penas pudieron resistirse, en los casos en que lo consiguieron, a la acometida del absolutismo monárquico, constatable en mayor o menor medida en todas las zonas. Por otra parte, los que se enfrentaron en rebeliones abiertas a la monarquía en la que estaban inscritos, y no consiguieron emanciparse de ellas, tuvieron que padecer, por lo general, la supresión de las instituciones privativas que configuraban su autogobierno.

El deslizamiento de las monarquías hacia pautas absolutistas tuvo diferentes cronologías, en unos casos más tempranas que en otros, siendo incluso casi difícil de detectar allí donde el desarrollo institucional y el aparato discursivo era menor. De cualquier forma, debe quedar claro que la soberanía de un monarca o de una dinastía sobre un territorio no debe interpretarse como la soberanía que sobre ese territorio tenía la población del mismo. Incluso allí donde la representación del reino tenía mayor presencia (bien a través de Cortes estamentales como en Navarra o los territorios de la Corona de Aragón, bien exclusivamente a través de representantes municipales como en Álava, Guipúzcoa o Vizcaya), aquélla no dejaba de tener graves deficiencias que lastraban el funcionamiento de un sistema, en definitiva, de Antiguo Régimen y en el que los sectores más representados eran los de las élites nobiliar y eclesiástica.

En el caso de Navarra, al igual que en todas partes y tanto antes como después de la conquista, la voluntad regia detentaba siempre la última palabra. Ahora bien, en el caso específico de la monarquía absoluta española de los Austrias y de los Borbones, algunos de los territorios dominados por aquella dinastía (como Navarra y las Provincias Vascongadas) consiguieron mantener sus instituciones, mientras que otros no. Los territorios de la Corona de Aragón vieron eliminado su autogobierno con los Decretos de Nueva Planta, tras la guerra de Sucesión, por su apoyo al aspirante austracista al trono español a principios del siglo XVIII. Además, con anterioridad al inicio de dicho conflicto bélico, los Habsburgo siempre tuvieron mayores reticencias, comparativamente hablando, hacia dichos territorios que hacia Navarra, tal y como prueba el mucho menor número de reuniones de Cortes en aquéllos, a lo que ya me referí en otro artículo, y a que no hubiera que esperar al año 1700 para que dejaran de ser convocadas: no hubo más reuniones de Cortes en Cataluña a partir de 1632, ni en Valencia desde 1645, ni en Aragón desde 1683.

Puede pensarse que las instituciones navarras pudieron seguir existiendo por la inexistencia de rebeliones y revueltas en Navarra tras 1530 a lo largo del periodo que rigió el sistema absoluto. Hemos de recordar que muchos territorios englobados en el Imperio español protagonizaron en los siglos XVI, XVII y XVIII sublevaciones abiertas contra la monarquía española. A la larga lucha independentista de los Países Bajos durante la segunda mitad del quinientos y la primera del seiscientos, hay que añadir la revuelta de Aragón de 1591-1592; las de Cataluña, Portugal, Sicilia y Nápoles en la década de los cuarenta del siglo XVII; y el ya referido apoyo de los territorios de la corona de Aragón al archiduque austríaco en la Guerra de Sucesión. También hubo complots en los años cuarenta del seiscientos en Aragón y en Andalucía.

Por lo que se conoce hasta ahora, desde mediados del siglo XVI los episodios de mayor entidad de los que tenemos noticias en Navarra no sobrepasaron el umbral de la conspiración. De todo el periodo, el suceso de mayor enjundia fue la detención y muerte en prisión en circunstancias poco claras de D. Miguel de Iturbide, ex diputado del reino, en diciembre de 1648, en una coyuntura en el que la Monarquía española se encontraba en trance de desintegración con movimientos secesionistas como los referidos anteriormente.

Dicho de eso, a pesar de todo, sigo creyendo que los esfuerzos de las Cortes y de la Diputación, así como en el plano del discurso suministrado por historiadores y juristas, también fueron otro ingrediente positivo para la preservación del autogobierno navarro dentro del marco en el que se inscribía. En diversas ocasiones las pretensiones de los virreyes fueron frenadas por las instituciones navarras. Las Cortes navarras de 1780-1781, por ejemplo, fueron una muestra clara de que el legislativo navarro funcionaba con un grado de autonomía mucho mayor del que hubiera gustado a la monarquía, algo ratificado en un informe secreto posterior sobre las mismas hecho por el virrey, el obispo y el regente del Consejo Real a petición de la Real Cámara de Castilla.

La dinastía de los Albret, emparentada con los Borbones, tampoco se libró de la deriva absolutista. Tras la entronización en 1594 como monarca francés como Enrique IV de Enrique III de Navarra (que regía en los dominios de aquella dinastía desde 1572, hijo de Juana de Albret y de Antonio de Borbón y que llegó al trono galo por una serie de fallecimientos sucesivos de sus cuñados Carlos IX y Enrique III de Francia), el sistema absolutista, tras el final de las guerras de religión, se afianzará, perdiendo protagonismo los Estados Generales franceses hasta el punto de dejar de ser convocados poco después de su muerte. Un tataranieto suyo, Felipe V de España (nieto, a su vez, de Luis XIV, el Rey Sol, la cima del absolutismo), eliminará del todo, como ya se ha dicho, las constituciones privativas de los tres territorios de la Corona de Aragón. También los Estados Generales de la Baja Navarra, una de las posesiones sobre las que reinarán los Albret después de ser desposeídos de la Alta Navarra, perderán atribuciones. De hecho, los Tres Estados bajonavarros se dirigirán a los altonavarros a finales del siglo XVII y a mediados del XVIII preguntando por cuestiones competenciales y procedimentales que aquéllos añoraban y que éstos todavía mantenían.

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